Procedimiento
Este Real Decreto afectará a los siguientes edificios: los edificios nuevos que se vendan o alquilen, y las partes de edificios antiguos que se vendan o alquilen: viviendas, locales comerciales, etc.
El promotor o vendedor es el responsable de solicitar el certificado.
El certificado de eficiencia energética será realizado por un técnico que tenga capacidad para ello (Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero Industrial, Ingeniero Técnico Industrial)
El promotor o comercializador deberá presentar el certificado de eficiencia energética ante el organismo competente para garantizar la eficiencia energética de los edificios de la Comunidad Autónoma, para su inclusión en el registro de certificados territoriales.
Por favor ingrese su nombre de usuario o dirección de correo electrónico. Recibirá un enlace para crear una nueva contraseña por correo electrónico.